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JUNTA DE ANDALUCIA CONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO DELEGACION PROVINCIAL DE GRANADA N/Rfra.: Servicio Administración Laboral. Relaciones Colectivas. Expte.: 33/1994 Convenio: empresa Radio Granada, S.A. Código convenio: 1800902
Visto el texto del acuerdo de la Comisión Negociadora de fecha 15-1-03, sobre revisión salarial para el 2003,2004 y 2005, del convenio colectivo de trabajo para la empresa Radio Granada, S.A., de la provincia de Granada (código de convenio 18009021, acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores, presentado el día 21 de febrero de 2003, ante esta delegación provincial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundico de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y demás disposiciones legales pertinentes, esta delegación provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, acuerda: Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente registro de esta delegación provincial. Segundo. Remitir el texto original acordado, una vez registrado, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito. Tercero. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia. Granada, 20 de marzo de 2003.-EI Delegado Provincial, fdo.: Ángel Gallego Morales. En Granada, siendo las 12 horas, del día 15 de enero del año dos mil tres, se reúne en la sede social de la empresa Radio Granada, S.A., los señores que se relacionaran después y que constituyen la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la empresa Radio Granada, S.A. Por la representación empresarial D. Adolfo Machado Quintana, en su calidad de administrador general de dicha sociedad, y la delegada de personal Dª Emilia Cayuela García en representación de los trabajadores. El objeto de la deliberación es la aprobación del convenio de dicha empresa. Tras debate las partes por unanimidad acuerdan los siguientes puntos: Primero. Mantener la redacción íntegra del clausulado del convenio aprobado en el año 1992, y que se viene prorrogando de forma sucesiva. Segundo. Se acuerda un incremento salarial con vigencia para los años 2003, 2004 y 2005, siendo el incremento acordado para el año 2003, del 6% sobre la actual tabla salarial, con efectos de uno de enero de 2003. Para el año 2004 con efectos de uno de enero de dicho año, se incrementara la tabla del 2003 en lo que establezca el IPC más un punto. Para el año 2005 con efectos de uno de enero de dicho año, se incrementara la tabla del 2004 en lo que establezca el IPC más un punto. Tercero. Se adjunta al presente acuerdo y como parte integrante del mismo la tabla salarial tendrá vigencia a partir del uno de enero del corriente año de dos mil tres. Leída la presente acta y estando conformes las partes asistentes, la firman y acuerdan dar traslado de la misma a la delegación provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, para su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos. Tabla Salarial para el año 2003.
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