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MINISTERIO DE FOMENTO

 

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2007, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para la realización de un estudio y dictamen sobre el Proyecto de ampliación de la actividad de la mina de aguas teñidas con la construcción de una planta de tratamiento de mineral y un depósito de estériles.

Suscrito, con fecha 27 de junio de 2007, el Convenio de Colaboración entre el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, para la realización de un Estudio y dictamen sobre el proyecto de «Ampliación de la actividad de la mina de Aguas Teñidas con la construcción de una planta de tratamiento de mineral y un depósito de estériles», y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho Convenio, qué figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 26 de julio de 2007.–El Director General del Centro de Estudios y Experimentación de obras Públicas, Ángel Aparicio Mourelo.

Anexo

Convenio de Colaboración entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), del Ministerio de Fomento, para la realización de un estudio y dictamen sobre el proyecto de ampliación de la actividad de la mina de Aguas Teñidas con la construcción de una planta de tratamiento de mineral y un depósito de estériles»

Comparecen

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, nombrado mediante Decreto del Presidente 12/2004, de 24 de Abril, en representación de la Junta de Andalucía.

Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Ángel Aparicio Mourelo, Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), nombrado mediante Real Decreto 1957/2004, de 27 de septiembre, igualmente en representación legal del CEDEX, Organismo Autónomo de la Administración del Estado, en virtud de las facultades conferidas por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre.

Ambas partes, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Convenio, y al efecto

 

Exponen

Primero. Antecedentes y circunstancias de la consejería de innovación, ciencia y empresa.–La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (CICE), tiene la competencia en Andalucía en materia de promoción y desarrollo de las actividades geológicas y mineras en general, de todas aquellas que se relacionan con el estudio, aprovechamiento y aplicación de los recursos del suelo y del subsuelo, y de las prescripciones ambientales en el aprovechamiento de dichos recursos.

La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, como órgano responsable de la planificación y ejecución de la política minera en Andalucía, tiene entre sus objetivos prioritarios la seguridad de las explotaciones mineras y de sus instalaciones.

Segundo. Antecedentes y circunstancias del CEDEX.–El Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, configura al CEDEX como Organismo Autónomo de Investigación Científica y Técnica, estableciendo entre sus funciones la asistencia técnica, el asesoramiento, la colaboración y difusión exterior, etc., en todas aquellas materias tecnológicas que tienen relación con las obras públicas y el medio ambiente asociado.

Actualmente se encuentra adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento y también funcionalmente al Ministerio de Medio Ambiente.

El Laboratorio de Geotecnia del CEDEX tiene una amplia experiencia en el análisis del comportamiento de balsas de estériles, por lo que se considera oportuno aceptar los trabajos objeto del presente Convenio.

Tercero. Naturaleza del convenio y capacidad de las partes.–Dadas las especiales características técnicas de los trabajos que se pretende acometer, la singularidad de los equipos e instrumentos requeridos para su ejecución, y la alta calificación e independencia exigibles a la Entidad que los lleve a cabo, se considera oportuno que el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) se encargue de su realización, mediante la suscripción de este Convenio.

El presente Convenio es de colaboración técnica, de naturaleza pública y se encuentra sometido, como tal, al ordenamiento jurídico general vigente en esta materia en la Administración Pública, encontrándose excluido del ámbito del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, según lo establecido en su Artículo 3, apartado 1.c.

El modelo tipo de este Convenio fue informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Ministerio de Fomento con fecha 4-2-1997.

El CEDEX, en su calidad de Organismo Autónomo de la Administración del Estado, está facultado para otorgar este Convenio, en virtud de las facultades que le están conferidas por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre.

La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, es el órgano de la Administración competente en la materia objeto del presente Convenio y, en consecuencia, está igualmente facultada para su otorgamiento, a tenor de las atribuciones que le confiere la normativa vigente.

Cuarto. Suscripción del convenio.–Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

Cláusulas

Primera. Objeto del convenio.–El objeto del presente Convenio es, por un lado, el estudio sobre el proyecto de ampliación de la actividad de la Mina de Aguas Teñidas, que incluye la construcción de una planta de tratamiento de mineral y un depósito de estériles, y de otro el dictamen sobre la adecuación del proyecto a la normativa vigente en materia de seguridad.

Segunda. Definición de los trabajos.–Los trabajos a realizar por el Laboratorio de Geotecnia del CEDEX son los siguientes:

Valoración de los parámetros geotécnicos utilizados en proyecto y su contraste, una vez se disponga de ellos, con los resultados de los ensayos de laboratorio realizados en el Proyecto con los diferentes materiales que constituyen la balsa de estériles.

Evaluación de los cálculos estáticos incluidos en proyecto.

Realización de ensayos dinámicos con material de estériles de la balsa que deberán ser proporcionados por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía.

Evaluación del estudio del comportamiento dinámico de la balsa incluido en proyecto y su contraste con los resultados de los ensayos dinámicos que se obtengan en laboratorio.

En el caso de que se considere que, para la seguridad de la balsa, los estériles del vaso presentan un riesgo alto de licuefacción, se acotará ese riesgo y se analizará la posibilidad de un cambio de diseño de la sección tipo de la balsa.

Modelización tensodeformacional de la balsa para su sección definitiva, en deformación plana, con un código de elementos finitos.

Supervisión de los datos de proyecto de la geomembrana, a efectos de valorar su comportamiento en tracción y su efectividad frente a la fuga de material.

Propuestas de actuación a incorporar en el proyecto, en función de los resultados que se obtengan de los trabajos a realizar.

Tercera. Informes a realizar y presentación de documentos.–Una vez concluidos los trabajos se elaborará un informe en el que se recogerán las actividades desarrolladas durante los estudios realizados. Podrán efectuarse informes parciales a medida que se vayan obteniendo los resultados de los trabajos arriba descritos.

Cuarta. Plazos de ejecución y comienzo de los trabajos.–El comienzo de los trabajos se realizará dentro del mes siguiente al de la firma del Convenio.

Su plazo de ejecución finalizará antes del final de 2007.

El retraso en la finalización del trabajo por parte del CEDEX, motivado por causas de fuerza mayor o no imputable a este Organismo, no dará lugar a la exigencia de responsabilidad alguna.

Quinta. Presupuesto.–El presupuesto del presente Convenio asciende a la cantidad de cuarenta y ocho mil euros (48.000.–euros), incluido el IVA, que será abonada por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía al CEDEX en la forma que se señala en la cláusula siguiente.

Sexta. Forma de pago.–El pago del importe de los trabajos se efectuará por medio de certificaciones sucesivas a medida que se vayan entregando resultados de los trabajos previstos en la cláusula segunda. Se emitirá un primer informe sobre la validez del «Proyecto constructivo del depósito de pasta seca».

El ingreso de las cantidades correspondientes al abono de los pagos se efectuará en la cuenta corriente n.º 9000-0001-20-0200005297 del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, Banco de España, Madrid.

Séptima. Responsables del desarrollo del Convenio.–La ejecución del Convenio se realizará bajo la supervisión del Servicio de Minas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) se hará cargo del desarrollo técnico de los trabajos contenidos en el Convenio y de la dirección de los estudios y tareas que comprende.

Dentro de los quince días siguientes a la firma del presente Convenio, el CEDEX y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía se comunicarán mutuamente, y por escrito, el nombre de la persona responsable de las relaciones y cuestiones que puedan surgir para el desarrollo del Convenio.

Octava. Disponibilidad de datos y resultados por parte del centro de estudios y experimentación de obras públicas (CEDEX).

La firma del presente Convenio supone la aceptación, por parte de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, de que el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) pueda disponer de toda la información empleada y obtenida a lo largo de los estudios contenidos en el marco de este Convenio, para su utilización en trabajos de experimentación y desarrollo tecnológico del propio Organismo.

Los procesos de transferencia y cooperación científica necesitarán autorización expresa de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Novena. Finalización.–Finalizará el presente Convenio para el «Estudio y dictamen sobre el proyecto de ampliación de la actividad de la mina de aguas teñidas con la construcción de una planta de tratamiento de mineral y un depósito de estériles» transcurrido un mes sin que medie reclamación por parte de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, contado desde la entrega por parte del CEDEX de la documentación final consistente en un informe final recopilativo de los trabajos realizados.

Finalizado el trabajo se efectuará la liquidación económica definitiva del Convenio.

Décima. Interpretación del Convenio.–Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y el cumplimiento del presente Convenio serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo (Artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Para cumplimentar el presente Convenio en todas sus partes, se suscribe, por triplicado, en Madrid, 27 de junio de 2007.– Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía.– Ángel Aparicio Mourelo, Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.