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Convenios por Federación
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CONSEJERÍA DE EMPLEO

DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LABORAL

 

Expediente número 16/2010.

Visto el texto de tablas salariales de Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo con fecha 5 de febrero de 2010, código de convenio número 2906035, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo), esta Delegación Provincial de Empleo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este organismo, con notificación a la Comisión Negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas clausulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.

2.º Proceder al depósito del texto original de las tablas salariales en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta Delegación Provincial.

3.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 9 de marzo de 2010.

El Delegado Provincial de Empleo, firmado: Juan Carlos Lomeña Villalobos.

En Málaga, a 22 de enero de 2010, siendo las 13:00 horas, se reúnen, de una parte, una representación de la Asociación Empresarial de Odontólogos de Málaga y, de otra, por la representación de los trabajadores, representantes de los Sindicatos CCOO y FSP-UGT, para proceder a la actualización de los conceptos económicos del Convenio Colectivo Provincial para Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología de la provincia de Málaga,

Por la representación empresarial:

Don Juan M.ª Soriano Alcalá (Presidente).

Por la representación de los trabajadores

Por CCOO:

Don Juan Carlos Navas Herrera

Por FSP-UGT:

Don José López Olea.

Ambas partes se reconocen capacidad de representación para revisar el convenio.

Previa deliberación, se alcanza el siguiente acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo Provincial para Clínicas y Consultas de Odontología y Estomatología de la provincia de Málaga:

1.º De acuerdo con el mecanismo previsto en el artículo 4 del citado convenio, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010 los conceptos económicos sufrirán las siguientes modificaciones:

a) El premio de antigüedad del artículo 9 se verá incrementado en las siguientes cuantías:

– Colaborador de consulta: 26,41 euros mensuales por trienio

– Higienista: 31,64 euros mensuales por trienio

– Odontólogo: 60,77 euros mensuales por trienio

2.º La tabla salarial de aplicación será la consignada en el Anexo del presente acuerdo.

3.º Todos los conceptos económicos se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2010.

4.º Todas las modificaciones aquí relacionadas, se entenderán incorporadas al cuerpo del convenio colectivo del sector desde la firma del presente acuerdo, con independencia de la fecha de su publicación.

Todo lo cual se rubrica en Málaga, a 22 de enero de 2010. 

Anexo tablas salariales

Año 2010

 

                                                      Euros

Categorías

Sueldo base

Plus convenio

C. Puesto trabajo

Plus trpte.

 

Colaborador/a de consulta

696,02

59,00

51,09

54,04

2,46 /DÍA

Higienista dental

777,00

59,00

132,83

54,04

2,46 DÍA

Odontólogo/a

1369,47

59,00

321,64

54,04

2,46 /DÍA