|
CONVENIO DEL REAL CLUB DE GOLF LAS BRISAS Visto el texto de modificación del Convenio del Real Club de Golf Las Brisas, recibido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, con fecha 16 de junio de 2010, código de convenio número, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo), esta Delegación Provincial de Empleo acuerda: 1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este organismo, con notificación a la Comisión Negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas. 2.º Proceder al depósito del texto original de modificación del convenio en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta Delegación Provincial. 3.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Málaga, 19 de julio de 2010. El Delegado Provincial de Empleo, firmado: Juan Carlos Lomeña Villalobos. ACTA DE LA REUNION MANTENIDA POR LOS FIRMANTES DEL CONVENIO COLECTIVO DEL REAL CLUB DE GOLF LAS BRISAS Asistentes Don Ian Martín, Director General. Don José Fernández González, Delegado de Personal. Don Mauricio Escudero Gigorro, Delegado de Personal. Doña Rosario Herrera Jiménez, Delegada de Personal. Reunidos en Marbella, en las oficinas de administración del Real Club de Golf las Brisas, el día 31 de enero de 2010, Orden del día Que en este acto se inician las conversaciones para la prórroga del convenio colectivo de la empresa así como para la revisión salarial para el año 2010. Que tras las oportunas deliberaciones se alcanza un acuerdo, finalizando las conversaciones a tal fin, por lo que, A c u e r d a n 1. Se acuerda la prórroga expresa del texto vigente del Convenio Colectivo del Real Club de Golf las Brisas para el año 2010 según lo dispuesto en el artículo 3.b) del mismo. Artículo 3. Denuncia y prórroga a) La denuncia del convenio podrá ser realizada por cualquiera de las partes, por escrito ante la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía. A efectos de mera comunicación, la denuncia deberá ser comunicada a la otra parte. Dicha denuncia deberá ser realizada como mínimo con dos meses de antelación a la fecha de terminación del convenio. b) Caso de no ser denunciado válidamente por ninguna de las partes, el convenio se entenderá prorrogado en sus propios términos de año en año. 2. Se acuerda un incremento salarial para el año 2010 correspondiente al IPC nacional del año anterior (0,8%), aplicándose el mencionado porcentaje sobre todos los conceptos salariales de abono con periodicidad mensual así como sobre las gratificaciones extraordinarias. 3. Se acuerda modificar el horario de Navidad y Año Nuevo para el personal de cuarto de palos, recepción y vestuarios, con lo que al artículo 9 del convenio queda redactado de la siguiente forma: Artículo 9. Calendario laboral (horarios) HORARIOS PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN: De lunes a viernes en horario comprendido entre las 08:00 horas y las 17:00 horas. PERSONAL DE LIMPIEZA, TIENDA, CADDIE MASTER Y PROFESIONAL DE GOLF: De lunes a domingo en horario comprendido entre las 08:00 horas y las 20:00 horas, en dos turnos. PERSONAL DE CAMPO DE PRÁCTICAS: De lunes a viernes de 09:30 horas a 13:30 horas y de 15:30 horas a 19:30 horas. PERSONAL DE MANTENIMIENTO DE CAMPO: De lunes a viernes de 07:30 horas a 15:00 horas. El personal del campo, durante la semana de Feria de sus respectivos lugares de residencia, trabajará exclusivamente las mañanas de dichos días hasta las 13:00 horas. Asimismo, todos los trabajadores del campo trabajarán hasta las 13:00 horas los días 24 y 31 de diciembre. El horario de Navidad y Año Nuevo para los trabajadores de cuarto de palos, recepción y vestuarios será el siguiente:
Y, en prueba de conformidad, firman las partes intervinientes en el lugar y fecha arriba indicados. El Director General, Ian Martín. Delegados de Personal: José Fernández González, Mauricio Escudero Gigorro y Rosario Herrera Jiménez. |