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CONVENIO COLECTIVO  PARA LA EMPRESA ELECTRO NAVAL S.A.

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2006, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Empleo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación de la Revisión Salarial y Modificación del Convenio Colectivo de la empresa  Electro Naval, S.A.

VISTO el texto de la Revisión Salarial y Modificación del Convenio Colectivo de la empresa Electro Naval, S.A., que fue suscrita con fecha 31 de enero de 2006 por los representantes de la empresa y de sus trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto 1040/82, de 29 de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de Andalucía, y en los Decretos 11/2004, de 24 de abril, y 203/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Empleo, respetivamente, esta Delegación Provincial, en uso de sus atribuciones acuerda:

PRIMERO: Ordenar la inscripción del referido acuerdo en el registro correspondiente, con notificación a las partes que la han suscrito.

SEGUNDO: Disponer la remisión del texto original de dicho acuerdo al Departamento del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo.

TERCERO: Solicitar la publicación del texto del acuerdo mencionado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, para conocimiento y cumplimiento del mismo por las partes afectadas.

Huelva, 14 de  Febrero de 2006,- El Delegado Provincial,

Fdo.: Juan Márquez Contreras.

ACTA DE LA REVISION DE CONVENIO PARA LA EMPRESA ELECTRO NAVAL S.A.

En Huelva, siendo el 31 de Enero de 2006, se reúnen los señores que se consignan, con el objeto para la empresa ELECTRO Naval, S.A…, en base a lo recogido en su texto articulado (artículo 5 y apartado primero de artículo 10).

En representación de los trabajadores acude Juan Antonio Garcia Palanco y en representación de la empresa Francisco José García Infante y Juan Antonio Andivia Sardiña.

Se Constata que el porcentaje a aplicar a las tablas salariales, así como su texto artículado, es del 3,7%, sirviendo de base de cálculo la categoría de oficial de primera y subiendo linealmente el resto de las categorías que se recogen en las tablas salariales. En este mismo acto se firman las mencionadas tablas salariales para el año 2006 y el calendario laboral para dicho año, donde se encuentra recogida la jornada anual de mil setecientas cuarenta y seis horas y su distribución a lo largo de todo el año con las distintas jornadas, puente y horarios.

Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la mencionada reunión firmando ambas partes el presente acta en señal de acuerdo, quedando encargado el representante de los trabajadores a la tramitación de la documentación necesaria ante la Delegación Provincial de Trabajo para que esta proceda a la publicación de las mencionas tablas en el BOP.

Representación de la Empresa, Electronaval, S.A.- Representación de los trabajadores.

ELECTRO NVAL S.A.

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